
Después de casi tres décadas intentando emitir una ley sobre tecnologías de reproducción asistida (TRA), el Congreso ha dado un paso significativo para regular la prestación de estos servicios en el país. El 27 de enero de 2025, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que incorpora las Tecnologías de Reproducción Asistida (TRA) en la Ley General de Salud; las define como: “Técnicas o procedimientos que utilizan óvulos, esperma o embriones humanos para propiciar un embarazo”. También incluye disposiciones para la donación de gametos (tanto óvulos como esperma), permitiendo que los donantes sean nacionales o internacionales. El proyecto no impide que parejas del mismo sexo o personas solteras accedan a procedimientos de TRA, como sí lo hacían iniciativas anteriores.
La propuesta fue presentada por la diputada Olga Sánchez Cordero, exsenadora y figura clave de Morena, partido que tiene la mayoría en el Congreso para convertir en ley cualquier iniciativa que respalde. Además del respaldo de Morena, el proyecto fue discutido con diversos sectores sociales interesados en la regulación de las TRA, como líderes históricas feministas, personas expertas en salud reproductiva y biología de la red latinoamericana (Red LARA), así como reconocidas organizaciones de la sociedad civil que trabajan por la libertad reproductiva: el Colegio de Bioética y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), además de aliados parlamentarios de distintos partidos políticos.
Recientemente, el Congreso mexicano organizó el evento Diálogos Legislativos: ¿Cómo mejorar el modelo de reproducción asistida?, donde expertos de la Red LARA y organizaciones de la sociedad civil destacaron que más de cien clínicas en México operan fuera de marcos regulatorios, ofreciendo tratamientos con mínima supervisión, lo que genera preocupaciones importantes en términos bioéticos y de seguridad para los pacientes. Sin una supervisión adecuada, las tecnologías de reproducción asistida pueden reforzar la discriminación de género y restringir la autonomía reproductiva, especialmente de mujeres marginadas. Por ello, el proyecto exige que la Secretaría de Salud emita lineamientos para las clínicas de fertilidad y supervise su cumplimiento. Aunque prohíbe el comercio ilícito de gametos y embriones, no aborda de manera suficiente la discriminación sistémica ni la comercialización de los tratamientos de fertilidad.
Como destacaron las personas expertas durante los diálogos parlamentarios, el acceso a las TRA continúa marcado por desigualdades económicas, geográficas y sociales. En México, “el costo de una fertilización in vitro (FIV) en clínicas privadas puede ir de 1500 a 10 500 dólares por ciclo, y muchas están ubicadas en grandes centros urbanos”.[1] Así, las mujeres de zonas no urbanas deben esperar más tiempo para recibir atención en hospitales públicos o enfrentarse a clínicas privadas con costos más altos. En este sentido, la cobertura limitada del sistema de salud pública afecta de manera desproporcionada a comunidades marginadas. Las barreras educativas también generan una brecha entre mujeres según su clase y raza en el acceso a las TRA, ya que quienes no cuentan con un título universitario tienen menos probabilidades de acceder a estos tratamientos.
Promover la igualdad de género en los servicios de salud reproductiva implica que las leyes nacionales deben alinearse con los estándares internacionales de derechos humanos y marcos bioéticos que garanticen la seguridad de las pacientes. Como subrayó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo (Fertilización in vitro) vs. Costa Rica, la regulación de las TRA debe garantizar los derechos a la privacidad y a la vida familiar, al acceso a servicios de salud sin discriminación, al consentimiento informado y a los beneficios del progreso científico. Aunque el proyecto de ley destaca la importancia del consentimiento informado y los derechos de las pacientes en la atención de fertilidad, no promueve suficientemente la investigación científica.
Además, la ley prohíbe la clonación humana y la creación de embriones con fines exclusivamente de investigación, incluyendo los híbridos. Esta prohibición necesita ser reconsiderada, ya que México se ha rezagado frente a los avances científicos de las últimas dos décadas desarrollados en los laboratorios más prestigiosos del mundo. Restringir la investigación con embriones no sólo pone en riesgo el futuro de los servicios de salud reproductiva, sino que también impide la innovación en salud pública e instituciones de investigación. Asimismo, las prohibiciones legales han dado lugar a escándalos y turismo científico, empujando esta investigación crucial hacia actividades clandestinas. Al mantener tales restricciones, México se aísla de los avances más innovadores en tratamientos de fertilidad y medicina regenerativa, campos que progresan aceleradamente en el mundo. Establecer regulaciones claras permitiría el avance científico bioético y mitigaría los riesgos de un entorno no regulado.
La aprobación de esta ley que regula las TRA representa un hito importante, pero sin políticas públicas sólidas de salud, México corre el riesgo de perpetuar la desigualdad y quedar aún más rezagado frente a los avances científicos globales. Es momento de garantizar que las tecnologías reproductivas sean accesibles para todas las personas, pero también seguras, éticas y basadas en el progreso científico. El camino hacia la igualdad en el acceso a las TRA implica aumentar el financiamiento público para tratamientos de fertilidad, aplicar una supervisión más estricta sobre las clínicas privadas y asegurar que ninguna persona sea excluida por su género, raza, edad, condición social o situación económica.
Una reforma en este tema basada en derechos humanos internacionales y estándares bioéticos es esencial para prevenir prácticas inseguras, proteger los derechos reproductivos y establecer un sistema de salud reproductiva verdaderamente inclusivo y no discriminatorio en México. Además, la innovación científica debe integrarse dentro de un marco legal que equilibre las consideraciones bioéticas de la prestación de servicios de reproducción asistida con los avances de la ciencia y la tecnología.
Alma Luz Beltrán y Puga
Doctora en Derecho, académica de tiempo completo en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México. Miembro del Colegio de Bioética A. C.
María de Jesús Medina Arellano
Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Doctora en Bioética y Jurisprudencia Médica por la Universidad de Manchester en Reino Unido. Integrante del del Colegio de Bioética, A.C.
[1] Ver, Leslie V. Farland, Sana M. Khan, y coautores., “Accessing medical care for infertility: a study of women in Mexico”, F&S Reports, Vol.4, Issue 1, 2023, pp. 112-120.
¿Se mantuvo la prohibición a los vientres de alquiler? Esos procedimientos consideran los cuerpos de las mujeres (especialmente la mujeres pobres) como «capital biológico».
Para investigar sobre células madre ya no es necesario usar embriones, Existen técnicas para generarlas a partir de células somáticas.
Tambiémn, ahora que discutimos los derechos de los animales, habría que ver cuál es el estatus de los embriones quimera que mezclan adn o células humanas con animales.
Gracias por sus pertinentes comentarios Antonio.
En esta inciativa no se discutió el tema de “vientres de alquiler”, es prudente no cosificar nuestros cuepos, tanto en la práctica como en el lenguaje, sobre todo tomando en consideración el posible abuso a que se presta hacia groups historicamente vulnerados y vulnerables.
Otra presición importante, es que la derivaciôn de células troncales de células somáticas, es aún experimental, ciencia básica, que es transferida al ámbito clinico de manera experimental también rigurosamente revisasa en donde existe regulación especifica para cada aspecto de esta ciencia de frontera. Los mismo para la creación e Investigación en quimeras.
Todos son temas fascinantes de los cuales hemos escrito y discutido en espacios públicos, producción escrita y dialógos académicos Internacionales, además de los parlamentarios.
En este mismo blog encontrará material en relación a estos temas.
El debate público con base en evidencia científica es crucial para la toma de decisiones en salud pública considerando aspectos desde perspectivas bioeticas plurales, que incorporen principios de conducta ética hacia las mujeres, animales sintientes y el planeta entero (existen posturas antinatalistas también).
Buenas tardes María Medina, espero que estés muy bien, me podrías proporcionar tu contacto por WhatsApp, para podré hablar de un tema relacionado a lo que escribiste, de interés mutuo.